Casos de pensión de invalidez por cáncer son atendidos por trabajadores sociales

Los Trabajadores sociales ubicados entre las tres policlínicas de la Caja de Seguro Social (CSS) de Panamá Oeste han atendido 1,378 pacientes que han solicitado Pensión de Invalidez de los cuales 56 pacientes presentan diagnóstico de cáncer.

Pero, ¿cómo es el proceso de pensión por invalidez?

La Ley N° 51 de la Caja de Seguro Social establece en su Artículo 159, los requisitos para la Pensión de Invalidez, proceso que aplica para cualquier patología, que inicia cuando el asegurado solicita la Prestación de Pensión de Invalidez en alguna de las Agencias Administrativas de la CSS remitidas a la Sección de Pensiones y subsidios.

La solicitud es enviada al Departamento Nacional de Trabajo Social, donde posteriormente envpian el expediente administrativo a las provincias para que el supervisor lo distribuya a las unidades ejecutoras más cercanas de residencia del solicitante.

Cuando un expediente llega al Departamento de Trabajo social, señala la Licda. Sara Díaz de Casís, Supervisora en la Policlínica Dr. Blas D. Gómez Chetro de Arraiján, se le asigna a un trabajador social que procede a cumplir con lo señalado en la Guía de Atención y Aplicación de Escalas de Valoración Social.

Seguidamente, se localiza al paciente por llamada telefónica o por visita domiciliaria, y en la entrevista se recopila la información relacionada con las variables laborables, sociales y su relación con el problema de salud para posteriormente, elaborar un Informe Social y coordinar cita con el médico preliminarista y Especialistas requeridos y tramitar cita con la Comisión Médica Calificadora.

¿Cómo se maneja el caso de pacientes con cáncer?

Un paciente que ha sido diagnosticado con cáncer, es referido, por el trabajador social, directamente al Instituto Oncológico Nacional (ION).

El médico tratante emite un formulario donde explica el diagnóstico, tratamiento y pronóstico, a diferencia de otras patologías, que debe pasar a un médico preliminarista, quien referirá con la especialidad que estime oportuna según situación de salud.

El Informe Médico del ION, así como el Informe Médico Social, se anexa al expediente administrativo y se envía a la Comisión Médica Calificadora, integrada por médicos de distintas especialidades, quienes evalúan la documentación y paciente dictaminando si reúne la condición para ser declarado inválido, sea de carácter permanente o temporal, en este último caso deberá pasar control de salud.  

 El Trabajador Social da soporte integral al paciente y familiares dadas las implicaciones sociales de la enfermedad; las cuales repercuten en pérdida del trabajo, situación económica y dinámica familiar.

La Comisión Médica Calificadora de la CSS, declara inválido a un asegurado por “causa de pérdida o anormalidad de una estructura o función psicológica, fisiológica o anatómica, haya sufrido la merma de dos tercios de su capacidad laboral” (Artículo 158 de la Ley N° 51).

Entre las funciones del trabajador social en la atención de casos de prestaciones económicas, es de forma oportuna, con calidad, calidez y eficiencia, siguiendo el proceso metodológico de Trabajo Social.

_Estudio del expediente

_Localización del paciente por diferentes vías

_Entrevista para recopilar la información relacionada con las variables laborables, sociales y su relación con el problema de salud

_Elaboración del Informe Social

_Coordinar cita con el Preliminarista y Especialistas requeridos

_Tramitar cita con la Comisión Médica Calificadora

_Egreso del expediente administrativo

_Seguimiento de atención de la problemática social

_Realizar por lo menos dos controles sociales al año.

Nota: América Tuñón