Recursos de la CSS solo se utilizan en situaciones propias de la institución
Al inicio de cada año fiscal, a través de los procesos que dicta la Ley, se aprueba el Presupuesto General del Estado, en el que se consignan los ingresos y gastos máximos estimados por institución. Dicho presupuesto tiene por mandato de la ley que estar balanceado entre ingresos y gastos.
Cuando alguna institución no utilice la totalidad de los fondos autorizados para gastos, la ley prevé los mecanismos para que esa asignación no utilizada, pueda ser transferida a otra institución cuyos gastos vayan a exceder los montos que le fueron autorizados.
En el caso específico de la Caja de Seguro Social, la Asamblea Nacional, a petición del Ministerio de Economía y Finanzas, ente rector de las finanzas públicas aprobó el traslado de la asignación presupuestaria.
El referido traslado no implica, de ninguna manera, que exista una transferencia de recursos de la Caja de Seguro Social, ya sea de sus ingresos o de sus reservas financieras, a ninguna otra institución. Este tipo de ajustes presupuestarios le permite al Estado la flexibilidad necesaria para que pueda brindar adecuadamente los servicios que requiere la ciudadanía en general.
Reiteramos que los fondos de la Institución solo se utilizan para los propósitos que la Ley le autoriza, que son brindar servicios de salud y prestaciones económicas a la población asegurada y beneficiaria. Esta medida presupuestaria no afecta a la Caja de Seguro Social en sus ingresos, gastos o reserva financiera.