Candidatos no pueden hacer proselitismo en instalaciones públicas

N°11-2024

La Caja de Seguro Social (CSS) hace de conocimiento público que candidatos a puestos de elección popular pretenden utilizar sus instalaciones hospitalarias para actos de proselitismo y propaganda política, en abierta violación a normas de seguridad hospitalaria y al Código Electoral de la República de Panamá.

Advierte que esta conducta viola el artículo 2, acápite 4, y expone a sus transgresores a las sanciones contempladas en   el artículo 573 del Código Electoral

Las unidades ejecutoras de la Caja de Seguro Social son edificios públicos en que se brindan servicios de salud por lo que: “Se prohíbe todo tipo de actividad proselitista o de propaganda política…”, como lo señala taxativamente el Código Electoral vigente.

En consecuencia y en aras de contribuir a un clima de tranquilidad social, la Caja de Seguro Social invita a que se respeten las normas de derecho vigentes y las reglas de conducta y de seguridad que se merecen los usuarios y el personal de sus instalaciones a nivel nacional.

Panamá, 17 de abril de 2024